Los profesionales y el servicio que tu empresa se merece
Trabajamos junto a vos y asumimos la responsabilidad y el compromiso de formar un equipo de trabajo proactivo y eficaz.
Es un pilar fundamenta mantener altos estandares de calidad en nuestros servicios
Construimos relaciones de largo plazo con nuestros clientes, manteniendo una comunicación proactiva
Soluciones concretas a sus necesidades y acompañándolos en su crecimiento.
Nuestro servicio no depende de la magnitud del cliente sino de sus necesidades. Optimizamos los recursos existentes para que obtengas resultados tangibles.
Realiza tu consulta mediante nuestros medios de contacto y coordinamos una reunión
Realizamos una evaluación de tus requerimientos y te presentamos una propuesta personalizada.
A partir del Roadmap elaborado, el equipo dispondrá de los medios necesarios para cumplir con los objetivos planteados de forma eficaz.
¿Estás desorientado? ¿No sabes que tipo de servicio le conviene a tu empresa o proyecto?
No te quedes con dudas, nuestro equipo responderá tu consulta lo mas rápido posible.
En esta sección podés encontrar algunas de las preguntas más comunes que recibimos
Sí, ya que la condición de pequeño contribuyente por otra actividad, no es incompatible con el desempeño de actividades en relación de dependencia.
En este caso, se encontrará eximido de abonar las cotizaciones previsionales fijas (Jubilación y Obra Social).
Fecha de publicación: 15/04/2019
Los monotributistas, profesionales, emprendedores, comerciantes, las sociedades, las empresas pequeñas y medianas, y todas las personas humanas o jurídicas que cumplan con los requisitos mencionados en el ID 20034325.
Las empresas que tengan como actividad "Servicio de seguros" o "Prestación de servicios inmobiliarios" pueden registrarse como PyME si sus activos financieros no superan los $193.000.000.
Asimismo, no pueden registrarse las empresas que realicen alguna de estas actividades:
Es un régimen opcional para el contribuyente que ejerce su actividad exclusivamente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires siempre que esa actividad no se encuentre excluida.
El contribuyente deberá estar encuadrado en la categoría que corresponda según los parámetros y tipo de actividad que lleva a cabo, para cuya determinación debe considerarse los ingresos brutos, la superficie afectada y la energía eléctrica consumida.
A partir del 1 de enero 2022 se pueden incluir operaciones por hasta $ 2.600.000,- de ingresos brutos totales y en el caso de venta de cosas muebles el precio máximo de venta es $ 39.401,62.
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